miércoles, 21 de diciembre de 2011

MOVILIDAD REDUCIDA


En mi opinión la diferencia conceptual entre accesibilidad y movilidad es una de las claves del modelo que adoptemos sobre estas materias.
La accesibilidad es un derecho que nos asiste como personas pero que en el caso de precisar movilidad para materializarla debe ser respetuosa con otros derechos que también asisten a las personas como son el derecho al medio ambiente saludable o el derecho de los demás a acceder también a sus demandas de accesibilidad.
Muchas veces hemos oído que la movilidad es un derecho, cuando lo que verdaderamente es un derecho es la accesibilidad.
Garantizar este derecho para todas las personas es un esfuerzo común que deben realizar los sectores público y privado y no solamente desde la consideración del diseño físico de infraestructuras y equipamientos sino también desde la educación y el aprendizaje de la utilización de los diferentes modos de acceder a nuestras demandas de movilidad.
Pero no todas las personas estamos dotadas de las mismas facultades a la hora de movernos por necesidades de accesibilidad, ni tenemos las mismas facultades a lo largo de la vida. En cierta ocasión, en un encuentro ciudadano con la movilidad una de las asistentes dijo, y no lo olvidaré, que todas las personas somos en alguna época de nuestra vida personas de movilidad reducida, y no le faltaba razón. Puedo dar fe de ello.

Preparar nuestras ciudades para los niños y niñas así como para las personas de movilidad reducida sería una gran labor de nuestros gobernantes que demostrarían una acertada visión de la ciudad que quieren para su ciudadanía.

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